El Concejo Deliberante modificó la ordenanza de habilitación de comercios
El Concejo Deliberante de La Matanza reformó la ordenanza referente a la habilitación de comercios con el fin de lograr una mayor celeridad y sencillez en la tramitación de solicitudes.
La modificación sancionada por el cuerpo legislativo municipal reemplazó el punto 1 “m” del anexo 1 de la ordenanza Nº 14.627, indicando que, a partir de ahora, los solicitantes deberán presentar la copia de plano de obra registrado, o plano de habilitación del total de la propiedad.
Se entiende por plano de habilitación, el croquis de la propiedad en escala de 1:100, firmado por arquitecto, maestro mayor de obra o profesional idóneo, en el que se deberá detallar los materiales utilizados en la construcción del inmueble tanto en paredes, pisos y techos, junto al detalle de las instalaciones sanitarias, eléctricas y de gas.
Dicho plano de habilitación deberá ser presentado por duplicado, en tanto el Departamento de Habilitaciones girará copia de lo presentado a la Dirección de Fiscalización de Obras y Regularización Catastral a los fines de que ésta constate la coincidencia del croquis con los planos registrados.
En caso de existir diferencias entre el plano de habilitación y los planos registrados, la Dirección de Fiscalización de Obras y Regularización Catastral intimará dentro de los 30 días al solicitante y al titular a regularizar su situación en un plazo no mayor de 180 días corridos, bajo apercibimiento de disponerse la clausura inmediata del comercio en cuestión o su posterior baja.
El plazo mencionado podrá ser prorrogado a solicitud del interesado por un termino máximo de 90 días corridos y los términos mencionados son de carácter perentorio. Una vez regularizada la situación, la Dirección de Fiscalización de Obras y Regularización Catastral girará el plano de obra a los fines del punto 7 del anexo 1.